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El Consell aprueba las directrices y criterios que deben regir el desarrollo del sector del juego en la Comunitat Valenciana

El Consell aprueba las directrices y criterios que deben regir el desarrollo del sector del juego en la Comunitat Valenciana

El decreto pretende equilibrar el ejercicio de la actividad y la protección frente a la ludopatía. No se concederán nuevas autorizaciones de explotación de máquinas recreativas con premio destinadas a locales de hostelería, salvo en los supuestos previsto

Por Redacción | 29-05-2026

El Consell ha aprobado el decreto que establece las directrices y criterios para el desarrollo del sector del juego en la Comunitat Valenciana. Esta norma busca un desarrollo equilibrado y responsable de la actividad, además de reforzar la protección frente a la ludopatía y otros riesgos asociados al juego.

El decreto persigue equilibrar tres objetivos: el derecho de la ciudadanía a acceder a una actividad de ocio legal, el ejercicio de la actividad empresarial en el sector y la protección de los colectivos más vulnerables.

Como primera medida, se establece que no se concederán nuevas autorizaciones de explotación de máquinas recreativas con premio en locales de hostelería y similares, salvo en los casos de sustitución o renovación regulados normativamente.

Este decreto cumple con lo previsto en la Ley 1/2020 de regulación del juego y prevención de la ludopatía, que incluía la realización de un estudio sobre el impacto social y la salud pública de las instalaciones de juego existentes para determinar las medidas de planificación necesarias en la Comunitat Valenciana.

El estudio, elaborado por la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, en colaboración con la Conselleria de Sanidad, ha analizado la situación epidemiológica y la prevalencia del juego problemático, así como factores poblacionales, socioeconómicos y territoriales. También se ha considerado la evolución del sector en comparación con otras comunidades autónomas y los datos a nivel nacional.

Limitación de nuevas autorizaciones de salones y locales de apuestas.

Asimismo, se mantiene la limitación a nuevas autorizaciones de salones de juego y locales de apuestas. Solo se autorizarán en caso de traslado de establecimientos existentes para alejarlos de los centros especialmente protegidos según la Ley 1/2020.

En cuanto a las salas de bingo, se permitirá la apertura de nuevas instalaciones únicamente si son consecuencia del traslado de otra sala ya autorizada y se respetan las distancias establecidas en la normativa vigente.

El decreto también prevé que la Generalitat elabore, como máximo cada cinco años, un nuevo estudio para evaluar la situación del sector y revisar, si es necesario, las medidas de planificación adoptadas.

Finalmente, la norma incorpora modificaciones para mejorar la actualización de los registros vinculados al juego. Se establece un periodo máximo de vigencia de veinte años para las inscripciones en el Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana y se regula la baja automática en el Registro General de Juego de determinados establecimientos, principalmente de hostelería, que permanezcan más de cinco años sin autorizaciones de máquinas en vigor.