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El Consell aprueba un decreto ley de movilidad para garantizar la convivencia entre taxis y VTC en la Comunitat Valenciana
El nuevo marco regulador nace tras un proceso de diálogo con representantes de los dos sectores y pretende reforzar la seguridad jurídica en el sector. El decreto establece medidas referentes a las autorizaciones, transmisión de licencias y régimen sancio
El Consell ha aprobado el decreto ley de movilidad que establece un nuevo marco regulador para garantizar la convivencia entre el sector del taxi y las VTC. Este decreto modifica el decreto Ley 4/2019 sobre el servicio de transporte público discrecional de personas mediante arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), así como la Ley 13/2017 del Taxi de la Comunitat Valenciana.
La nueva regulación surge tras un proceso de diálogo con representantes de ambos sectores y busca reforzar la seguridad jurídica en el ámbito, tras diversas resoluciones judiciales que han anulado normativas estatales, autonómicas y locales.
El decreto incluye medidas dirigidas a ambos sectores y establece nuevas herramientas de control, ordenación y planificación de la movilidad en la Comunitat Valenciana.
Ambos sectores han coincidido en demandas que se recogen en el decreto, como la suspensión temporal, por un máximo de dos años, del otorgamiento de nuevas autorizaciones de taxi en áreas de prestación conjunta y de nuevas autorizaciones VTC de ámbito estatal en la Comunitat Valenciana.
En el caso del taxi, la suspensión no afectará a las autorizaciones destinadas a aumentar el número de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, cuya adscripción será permanente y definitiva. Esta suspensión estará vigente hasta que se elabore un informe exhaustivo sobre la situación de la movilidad y de ambos sectores.
Como novedad, se incorpora un régimen sancionador específico para garantizar el cumplimiento de las condiciones de prestación del servicio urbano de VTC. Las sanciones por infracciones muy graves podrán alcanzar los 6.000 euros e incluirán la inmovilización inmediata del vehículo.
Entre las conductas sancionables se encuentran la captación de clientes en la vía pública sin contratación previa por parte de las VTC, así como la circulación en busca de viajeros o la prestación de servicios fuera del ámbito autorizado.
Además, se otorga a los ayuntamientos la posibilidad de asumir la competencia para iniciar, instruir y resolver los procedimientos sancionadores por las infracciones previstas en el decreto, así como la recaudación de estas.
En cuanto al sector del taxi, se amplía el número máximo de autorizaciones que puede poseer una misma persona física, que pasa a ser de tres autorizaciones ordinarias y hasta cinco si están vinculadas a vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, cuya adscripción será permanente y definitiva.
Esta medida busca fomentar la contratación de conductores asalariados y desarrollar tejido empresarial en el sector, mejorando así la prestación del servicio de taxi a los usuarios.
Asimismo, se flexibiliza el régimen para la creación de nuevas autorizaciones de taxi. Aunque se mantiene la ratio general de una autorización por cada mil habitantes, se podrán conceder nuevas licencias cuando exista una demanda de servicio que deba atenderse o sea necesario incrementar el número de vehículos adaptados.
El decreto también elimina la exigencia de plena y exclusiva dedicación al sector del taxi, aunque se mantiene la incompatibilidad entre la actividad de taxista y la titularidad o conducción asalariada en servicios VTC.
En materia de transmisión de autorizaciones, se regula la posibilidad de que los herederos mantengan y transmitan la licencia siempre que cumplan los requisitos establecidos. Además, se contempla la situación de herederos menores de edad mediante la designación de un representante hasta que puedan obtener la capacitación necesaria.
La norma permite también iniciar la extinción de áreas de prestación conjunta a solicitud de alguno de los municipios integrantes, reforzando así la autonomía municipal en esta materia. Asimismo, se mantiene que los municipios de más de 200.000 habitantes o con más de 200 taxis pueden decidir no integrarse en un área de prestación conjunta.
En relación con las VTC, el decreto habilita provisionalmente a las autorizaciones estatales domiciliadas en la Comunitat Valenciana para realizar transporte urbano durante un plazo máximo de dos años o hasta la elaboración del estudio técnico sobre la movilidad y el equilibrio entre ambos sectores.
La regulación elimina la referencia que limitaba exclusivamente a los servicios interurbanos la actividad de las VTC y modifica las condiciones de contratación del servicio para facilitar la disponibilidad al usuario, eliminando los 15 minutos de espera para contratar.