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El Consell autoriza a la Abogacía de la Generalitat a interponer acciones judiciales contra el Real Decreto sobre derechos y libertades de extranjeros en España

El Consell autoriza a la Abogacía de la Generalitat a interponer acciones judiciales contra el Real Decreto sobre derechos y libertades de extranjeros en España

La aplicación de esta norma podría incidir, de manera directa o indirecta, en competencias gestionadas por diferentes departamentos de la Generalitat. El Consell autoriza a la Abogacía a la presentación de un recurso contencioso-administrativo y a la soli

Por Redacción | 24-04-2026
El Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a interponer acciones judiciales contra el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, por el cual se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Esta norma estatal introduce modificaciones en el régimen reglamentario de extranjería, residencia, arraigo, integración social, habilitación provisional para residir y trabajar, autorizaciones por circunstancias excepcionales y tramitación de determinados procedimientos administrativos que podrían incidir de manera directa o indirecta en ámbitos competenciales de la Generalitat. La Generalitat entiende que la aplicación de esta norma puede incidir, de manera directa o indirecta, en ámbitos competenciales de la Generalitat, así como en la organización, planificación, financiación y prestación de servicios públicos autonómicos en materia de igualdad y atención a personas migrantes, servicios sociales, sanidad, educación, vivienda, protección de menores, inserción sociolaboral e informas de integración social. Esta incidencia tiene un carácter transversal y podría afectar a materias gestionadas por diferentes departamentos, lo cual hace necesaria una respuesta colegiada por parte del Consell, con el fin de atender una posición jurídica común. La acción para la cual se autoriza la Abogacía General de la Generalitat podrá suponer la presentación de un recurso contencioso-administrativo para la impugnación de la totalidad del real decreto o, subsidiariamente, de los preceptos, disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias o finales que la Abogacía General de la Generalitat considere jurídicamente procedente impugnar, atendidos los informes técnicos y jurídicos incorporados al expediente. Asímismo, el Consell también autoriza a la Abogacía General a solicitar la suspensión cautelar de la totalidad o de parte de las disposiciones impugnadas, así como cualesquiera otras medidas cautelares o cautelarísimas necesarias para preservar la efectividad de la resolución judicial que pudiera recaer y evitar perjuicios de reparación difícil o imposible para la Generalitat, sus servicios públicos o el interés general de la Comunitat Valenciana.