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La Generalitat convoca ayudas por valor de 300.000 euros para sufragar el funcionamiento y los gastos corrientes en mancomunidades de municipios
El DOGV ha publicado la convocatoria cuyo plazo para la presentación de solicitudes es de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación. El Consell apoya el asociacionismo municipal como estructura que permite prestar de forma compartida dete
Por Redacción | 05-06-2026
La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Presidencia ha convocado ayudas por valor de 300.000 euros destinadas al funcionamiento y los gastos corrientes en mancomunidades de municipios en el año 2026. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado la convocatoria cuyo plazo para la presentación de solicitudes es de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación.
El Consell considera prioritario apoyar el asociacionismo municipal como estructura que permiten prestar de forma compartida determinados servicios con mayor eficiencia y calidad.
El objetivo de la convocatoria es impulsar de forma efectiva los sistemas de financiación de las mancomunidades, tratando de cooperar y solventar aquellas dificultades económicas que sufren a la hora de sufragar sus gastos.
Las ayudas incluyen el compromiso de funcionar como administraciones con responsabilidad social modernas y transparentes. Por ello, las mancomunidades deben garantizar que, en sus adquisiciones de bienes, se cumplan los criterios de comercio justo y requisitos vinculados con la sostenibilidad energética y ambiental.
Asimismo, cuando se subcontrate con terceros la ejecución de parte de la actividad subvencionada, se les exigirá el compromiso expreso, por escrito, de respetar la normativa ambiental y social, así como de cumplir los principios en materia social, de transparencia, ética y sostenibilidad asumidos por la persona beneficiaria.
El periodo de las subvenciones abarca el comprendido entre el 1 de enero del ejercicio corriente y el último día del mes en que se lleve a efecto la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la resolución de concesión de las presentes ayuda.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos corrientes destinados a arrendamientos de terrenos, edificios, maquinaria, material de transporte, mobiliario, equipos de información y otro inmovilizado material, y los correspondientes a reparaciones, mantenimiento y conservación de infraestructuras, edificios y locales, maquinaria, material de transporte y otro inmovilizado material.
Estas ayudas también se pueden destinar a material no inventariable (material de oficina, prensa, revistas, libros y otras publicaciones y material informático), suministro (electricidad, agua, gas, combustibles, vestuario, productos alimenticios, farmacéuticos y sanitarios, limpieza y aseo, repuestos de maquinaria, utillaje y elementos de transportes, material electrónico y de telecomunicaciones) y comunicaciones (telefónicas, postales, telegráficas, informáticas y otros gastos en comunicaciones).
Otros gastos subvencionables son los servicios externalizados, como la contratación de servicios municipales mancomunados, con empresas externas, o la redacción y estudios de trabajos técnicos realizados por empresas externas.